- INTRODUCCIÓN
- ORDEN DE PRODUCTOS
- PRECIO
- ENTREGA DEL PRODUCTO
- TRANSFERENCIA DEL RIESGO DE PÉRDIDA O DAÑO DEL PRODUCTO
- RECEPCION DEL PRODUCTO
- RECLAMOS
- DEVOLUCIONES
- GARANTÍA Y EXCLUSION DE RESPONSABILIDAD POR LUCRO CESANTE
- LIMITACION DE RESPONSABILIDAD
- PROPIEDAD INTELECTUAL
- CREDITO Y CONDICIONES DE PAGO
- EXPORTACIÓN DE PRODUCTOS
- PRÁCTICAS ANTICORRUPCION
- RELACION ENTRE LAS PARTES
- EFECTO VINCULANTE /DELEGACION
- ARCHIVOS
- DERECHO APLICABLE Y JURISDICCIÓN
- NOTIFICACIONES
- INVALIDEZ PARCIAL
- IRRENUNCIABILIDAD
- SUBTITULOS
- GENERAL
1. INTRODUCCION
1.1. El presente instrumento establece los Términos y Condiciones Generales de Venta (“T&Cs”) que serán aplicables a todas las operaciones de venta que efectúe Ingram Micro Argentina (“INGRAM MICRO”) a sus Revendedores (“REVENDEDOR”), entendiéndose que forman parte de este documento las posteriores modificaciones que pudieren introducirse desde el momento mismo que INGRAM MICRO las comunique a través de un medio idóneo.
1.2. La firma de este documento por el REVENDEDOR conlleva la aceptación irrevocable de estos T&Cs como asimismo la conformidad con las futuras modificaciones que pudiere introducir INGRAM MICRO a este instrumento.
1.3. Los T&Cs se aplicarán a toda venta de los Productos (“Producto”), descritos en la lista de precios de INGRAM MICRO incluyendo las órdenes especiales, con las excepciones que expresamente se indiquen. El precio será verificado con el ejecutivo de cuentas asignado por INGRAM MICRO que se encuentre vigente al momento de colocar la orden de compra.
1.4. Los T&Cs prevalecerán sobre las condiciones generales y particulares del REVENDEDOR. Las condiciones generales y particulares del REVENDEDOR no obligan a INGRAM MICRO, salvo cuando INGRAM MICRO las hubiere aceptado previamente y por escrito firmadas por su representante legal para su operación especifica y determinada.
1.5. Todas las personas que actúen en nombre del REVENDEDOR deberán ser representantes del mismo y contar con las facultades suficientes necesarias y vigentes para actuar como tal y obligar al REVENDEDOR. Estas personas deberán con las autorizaciones y condiciones de uso de contraseña, previamente señalados en el Formulario de Solicitud del Revendedor.
1.6. En el formulario de solicitud del REVENDEDOR, el REVENDEDOR identificará las facultades de la persona autorizada para colocar una orden de compra en su nombre, quien será responsable del buen uso del número de registro que INGRAM MICRO otorgue al REVENDEDOR. No será responsabilidad de INGRAM MICRO los cambios haga el REVENDEDOR de personas autorizadas que no sean notificados por escrito a INGRAM MICRO.
1.7. Se entiende que INGRAM MICRO ha aceptado una determinada oferta u orden de pedido en el momento que el REVENDEDOR reciba una confirmación por escrito por parte de personas autorizadas de INGRAM MICRO. En consecuencia INGRAM MICRO se reserva el derecho de no procesar los pedidos que no cuenten con su confirmación expresa o aquellos aceptados por agentes, ejecutivos de cuenta u otro personal de ventas que no cuenten con facultades para obligarla.

2. ORDEN DE PRODUCTOS
2.1. Previo a la colocación de una orden, el REVENDEDOR debe tener una cuenta activa y al día con INGRAM MICRO. Cada orden de compra emitida por el REVENDEDOR a INGRAM MICRO deberá consignar en forma clara y legible: (i) descripción del Producto, (ii) cantidad, (iii) número de identificación del Producto (SKU) y/o pieza, (iv) precio del Producto conforme a lo especificado por INGRAM MICRO en su lista electrónica vigente de precios, y (v) dirección de envío. INGRAM MICRO se reserva el derecho de requerir al REVENDEDOR información adicional en cumplimiento a los requerimientos del fabricante del Producto.
2.2. El REVENDEDOR y sus dependientes no podrán revelar ninguna información confidencial de INGRAM MICRO o de cualquiera de sus proveedores o fabricantes.
2.3. El REVENDEDOR podrá, colocar órdenes de compra a través del teléfono (confirmadas por fax), fax, o mediante métodos electrónicos pre-aprobados por INGRAM MICRO. Las órdenes sólo se colocarán a través del personal autorizado del REVENDEDOR quienes deberán suministrar el número de registro de cliente y/o código de autorización o contraseña que INGRAM MICRO otorga previamente a la colocación de la orden.
2.4. INGRAM MICRO no tendrá obligación alguna de confirmar la veracidad de ninguna orden colocada, ni la capacidad o poderes de la persona que coloca dicha orden.
2.5. El REVENDEDOR sólo podrá revelar su número de registro de cliente y/o código de autorización o contraseña, a las personas autorizadas por escrito por ella para obligarla ante INGRAM MICRO.
2.6. “Información Confidencial” significa la información divulgada por una de las partes a la otra, identificada por escrito como confidencial o que es patrimonial para la parte divulgante. No incluye información la cual (i) ya sea conocida por el receptor en el momento de su divulgación; (ii) esté o pueda llegar a ser conocida públicamente a través de ningún acto equívoco del receptor; (iii) se reciba de un tercero sin restricciones similares y sin infringir este contrato; (iv) sea independientemente desarrollada por el receptor; ó (v) su divulgación se requiera legalmente mediante la ley o por cualquier gobierno., la parte receptora de la Información Confidencial utilizará el grado de cuidado más alto razonable comercialmente para proteger dicha información, incluyendo el asegurar que sus empleados, contratistas o consultores hayan convenido por escrito no divulgarla.

3. PRECIO
3.1. Las ofertas y listas de precios, publicadas manual o electrónicamente, tienen carácter meramente indicativo, reservándose INGRAM MICRO el derecho a modificar dichos precios sin previo aviso. Los pedidos se aceptarán con reserva de un posible aumento en el precio. El precio ofertado sólo se mantendrá firme cuando estuviese amparado por una cotización expresa y vigente emitida por INGRAM MICRO o por el proveedor, con una antigüedad no mayor a veinte y cuatro (24) horas, a no ser que se indique expresamente algo distinto en la misma cotización. En el caso de licitaciones, la vigencia de las cotizaciones estará sujeta al término que otorgue el fabricante.
3.2. El precio de venta no incluye gastos de transporte, tasas suplementarias, Impuesto al Valor Agregado (IVA), ni cualquier ajuste por cambios no contemplados en la respectiva Orden de Compra, los cuales correrán a cargo del REVENDEDOR.
3.3. En materia de concursos, INGRAM MICRO se reserva el derecho de acordar mejores condiciones de precio y/o pagos preferenciales atendiendo al tipo de REVENDEDOR, tipo de negocio, volúmenes de compra y condición financiera del negocio o por las condiciones especiales otorgadas por el fabricante.
3.4. La información sobre precios del Producto, su descripción y disponibilidad suministrada de cualquier forma y medio por INGRAM MICRO, es considerada Información Confidencial y de propiedad de INGRAM MICRO. Todos los precios están sujetos a cambio sin la necesidad de notificación previa y será establecido al momento de la aceptación de la orden por INGRAM MICRO.

4. ENTREGA DEL PRODUCTO
4.1. Salvo acuerdo por escrito con INGRAM MICRO, el REVENDEDOR no podrá imputar responsabilidad alguna a INGRAM MICRO ni solicitar la anulación de un pedido, ni indemnización alguna en caso por retrasos en la entrega del Producto por caso fortuito o fuerza mayor, por causas imputables al FABRICANTE o al REVENDEDOR al especificar su orden.
4.2. INGRAM MICRO se reserva la facultad de suspender la distribución al REVENDEDOR en caso que el REVENDEDOR, su casa matriz, filial o filiales, asociados, nacional o internacional, se encuentren en estado de insolvencia, concurso mercantil, quiebra, declarada o no, o cuando a la sola discreción de INGRAM MICRO se sospeche o se compruebe que el REVENDEDOR ha cometido o está cometiendo actos de corrupción con funcionarios de cualquier gobierno o esté involucrado en prácticas monopólicas o de lavado de dinero.
4.3. En ningún caso el REVENDEDOR podrá negarse a pagar la totalidad del precio estipulado de Productos entregados, ni aún tratándose del suministro parcial de una Orden respecto de la que el REVENDEDOR haya aceptado previamente que su entrega por INGRAM MICRO se efectuaría por parcialidades.
4.4. En ningún caso el REVENDEDOR podrá rechazar la entrega de Productos comprendidos en una orden de compra válidamente emitida por personas autorizadas del REVENDEDOR. En caso que El REVENDEDOR desee postergar la entrega de todos o algunos de los productos comprendidos en una determinada orden, deberá asumir los costos de almacenaje y lo que resulte mayor de: (i) los intereses del capital inmovilizado por el período de la postergación de la recepción o (ii) el lucro cesante que resulte de inmovilizar este capital por el mismo período, más diez dólares americanos ($10) por concepto de gastos administrativos .

5. TRANSFERENCIA DEL RIESGO DE PÉRDIDA O DAÑO DEL PRODUCTO
5.1. El riesgo por pérdida y/o daños al Producto se transfiere al REVENDEDOR en el momento en que el Producto es entregado al transportista del REVENDEDOR, al REVENDEDOR o su representante en las oficinas de INGRAM MICRO; o al REVENDEDOR o representante del REVENDEDOR en las oficinas del REVENDEDOR si el transporte es escogido por INGRAM MICRO; conforme a lo indicado en las secciones 6 y 7 siguientes, por lo que el REVENDEDOR renuncia expresamente a cualquier otro derecho otorgado por el Código de Comercio.

6. RECEPCION DEL PRODUCTO
6.1. Todo Producto despachado por INGRAM MICRO se presumirá recibido en perfectas condiciones si (i) no es objetado en la entrega, dejándose constancia del respectivo reclamo en la guía que se firma al transportista, o a la persona encargada de despachar o recibir el Producto sobre cualquier incidencia del estado del mismo o del embalaje y (ii) no se hubiere notificado a INGRAM MICRO dicho reclamo dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la entrega.

7. RECLAMOS
7.1. Faltantes. El REVENDEDOR contará con un plazo de dos (02) días hábiles en la Capital Federal y tres (03) días hábiles en el interior siguientes a la entrega del Producto, para notificar los faltantes a través de una carta por escrito notificando lo sucedido y anexando los datos y/o copia de la respectiva factura. INGRAM MICRO responderá dicha comunicación tan pronto reciba respuesta del fabricante del producto afectado. Vencidos los plazos sin que el REVENDEDOR haya notificado a INGRAM MICRO el reclamo, el Producto será considerado como conforme y aceptadopor el REVENDEDOR, sin derecho a reclamación posterior alguna. Para el reclamo de faltantes el REVENDEDOR deberá dirigirse a: Ingram Micro Argentina Uspallata 3878, Departamento de Servicio al Cliente, 1437 Capital Federal, Buenos Aires, Argentina. Todo reclamo de faltantes es tramitado por INGRAM MICRO directamente con el fabricante y la interposición del reclamo no facultará al REVENDEDOR para retener el precio o suspender el pago de la mercancía afectada.
7.2. Producto mal entregado. A partir de la recepción del Producto, El REVENDEDOR contará con dos (02) días hábiles en la Capital Federal y tres (03) días hábiles en el interior, contados desde la recepción del Producto, para devolver al Departamento de Servicio al Cliente (DSC), el Producto mal entregado, así como la constancia de que ordenó algo diferente a lo entregado. Una vez transcurrido el plazo de 10 día antedicho sin que el REVENDEDOR haya notificado a INGRAM MICRO disconformidad alguna, se entenderá que el REVENDEDOR ha recibido conforme y aceptadoirrevocablemente el o los Productos comprendidos en la Orden de Compra, sin derecho a reclamación posterior alguna y será responsable del pago de la mercadería a INGRAM MICRO.

8. DEVOLUCIONES
8.1. Requisitos.- Para todo tipo de devoluciones, el REVENDEDOR deberá obtener previamente de INGRAM MICRO un número válido de Autorización de Devolución de Mercancía (“RMA”). Los RMAs serán expedidos a discreción de INGRAM MICRO, de acuerdo a estos términos y condiciones. El REVENDEDOR debe proveer su número de cuenta y cualquier otra información requerida por INGRAM MICRO para el procesamiento de un RMA. RMAs serán validos por un tiempo limitado de quince (15) días naturales siguientes a su emisión y solo procederán para devoluciones autorizadas bajo alguna de las siguientes categorías: (i) Productos defectuosos, (ii) rotación de inventario en los casos en que el Fabricante lo haya autorizado previamente y por escrito, (iii) discrepancias en el envío, o (iv) Productos destruidos. El REVENDEDOR es responsable de asegurarse de que el número de RMA esté claramente visible en la etiqueta de dirección del Producto empaquetado cuando este sea devuelto a INGRAM MICRO, de lo contrario será rechazado. “Sobrantes” son devoluciones no autorizadas. Cualquier producto recibido por INGRAM MICRO sin un número válido de RMA serán considerados “Sobrantes”. INGRAM MICRO devolverá los “Sobrantes” al REVENDEDOR o al cliente del REVENDEDOR, y todos los gastos de envío y transporte serán de cargo del REVENDEDOR. Si el REVENDEDOR rechaza el envío, el REVENDEDOR renuncia a todo derecho y título y acepta desde ya que INGRAM MICRO efectúe el cargo respectivo en su cuenta por todos los gastos originados o relacionados con la venta de tales productos. Sin perjuicio de todo lo anterior, INGRAM MICRO se reserva el derecho de autorizar la devolución de Productos que no se encuentren en actual producción o están siendo producidos por un fabricante que (i) es insolvente, (ii) se ha declarado en quiebra, o (iii) no acepta devoluciones de parte de INGRAM MICRO.
8.2. Devoluciones de Productos defectuosos: Proceden únicamente respecto de Productos comprados a INGRAM MICRO y bajo las condiciones que cada Fabricante en particular haya establecido previamente y por escrito. Los T&Cs de cada fabricante relativos a la devolución de Productos defectuosos son diferentes. Las devoluciones por Productos defectuosos son solamente para Productos que sean inoperables o no funcionen de acuerdo con las especificaciones publicadas por el fabricante y que estén cubiertas bajo garantía del fabricante. Todas las devoluciones de Productos defectuosos están regidas por la política más restrictiva del fabricante. Ante la verificación de que el Producto devuelto sea defectuoso, INGRAM MICRO podrá a su sola discreción: (i) enviar al REVENDEDOR un Producto de reemplazo, o (ii) proporcionar al REVENDEDOR un crédito en moneda nacional al tipo de cambio vigente en el mercado, o en moneda extranjera, igual al precio del Producto facturado. En caso que el Producto hubiere sido pagado, el crédito se imputará a una compra futura hasta su total extinción. No obstante lo anterior, y salvo pacto en contrario, INGRAM MICRO se reserva el derecho de exigir al REVENDEDOR la devolución del Producto defectuoso directamente al fabricante para el reemplazo, salvo pacto en contrario. En ningún caso, INGRAM MICRO podrá ser obligado a reparar, substituir, o a emitir un crédito por los Productos defectuosos, entera o parcialmente, por causas externas a los Productos mismos, incluyendo, pero no limitándose a catástrofes, apagones, excesivo voltaje o interferencia, condiciones extremas del medio ambiente, uso incorrecto, mal mantenimiento, mal uso de los Productos o del mal uso de piezas o accesorios no autorizados. El REVENDEDOR asume todos los riesgos provenientes de la pérdida o daño de los Productos defectuosos durante su transporte y hasta su entrega a INGRAM MICRO o al fabricante, según sea el caso. Vencido el plazo para efectuar la devolución de Productos defectuosos, el REVENDEDOR sólo tendrá derecho a reparación en garantía, en los términos otorgados por el fabricante. Esta limitación no será aplicable en los casos en que el fabricante efectúe un “Recall” (retiro por el fabricante de un Producto defectuoso de la circulación o del mercado) del Producto o comercialice un Producto más desarrollado, en cuyo caso INGRAM MICRO actuará de acuerdo a las instrucciones o políticas impartidas por el fabricante. Los cambios físicos de Producto se toman del stock de venta; INGRAM MICRO no tiene stock aparte para garantías.
8.3. Devoluciones por Rotación de Inventario.- La devoluciones del Producto por rotación de inventario estará sujeta a la autorización del fabricante. Los T&Cs para cada fabricante pueden variar respecto a las devoluciones por Rotación de Inventario. Algunos Fabricantes no ofrecen esta opción de devoluciones por rotación de inventario por lo que INGRAM MICRO tampoco podrá ofrecer esta garantía. En el supuesto de que este tipo de devoluciones hayan sido autorizadas previamente y por escrito por el fabricante, la devolución será solamente sobre Productos que no estén abiertos ni hayan sido usados y se puedan revender como nuevos. Todos los Productos de rotación de inventario devueltos deben estar en la empaquetadura original del fabricante y en la condición conveniente para la reventa incluyendo, pero no limitado a: las etiquetas de precio o envoltura, limpia, sin ningún tipo de daño y completa (“condición común de Rotación de Inventario”). Todas las devoluciones de rotación de inventario están sujetas a políticas más restrictivas del fabricante. El REVENDEDOR puede solicitar un RMA para la devolución de Productos de rotación de inventario bajo los mismos requisitos establecidos en este numeral 8. El REVENDEDOR se hará cargo de todos los costos y cargará con todos los riesgos de la pérdida o daño de los Productos en tránsito al devolver Productos a INGRAM MICRO.
8.4. Devolución de Productos Dañados.- Las devoluciones de Productos dañados se admite solamente respecto de los Productos comprados a INGRAM MICRO y enviados vía transportista elegido por INGRAM MICRO y que han sufrido daños atribuibles al transporte por INGRAM MICRO en tránsito de INGRAM MICRO al REVENDEDOR o de INGRAM MICRO al cliente del REVENDEDOR. El REVENDEDOR o el cliente del REVENDEDOR podrán rechazar cualquier Producto dañado que esté siendo entregado. Si el Producto es recibido dañado, el REVENDEDOR deberá notificar por escrito a INGRAM MICRO y requerir un RMA dentro de los dos (02) días hábiles contados desde la recepción del Producto. En caso que el REVENDEDOR omita notificar a INGRAM MICRO o solicite el RMA fuera del término antes indicado en el numeral 8, se entenderá que este ha aceptado irrevocablemente el Producto y a su entera conformidad al momento mismo de la entrega.
8.5. Cualquier otra devolución que no esté comprendida dentro de lo ya establecido en este numeral 8, ya sea que se trate de Productos en mal estado, dañados, descontinuados, obsoletos, fuera de línea o versiones anteriores de Productos o en caso de incumplimiento de los requisitos de devolución aquí establecidos, no serán aceptados. Tratándose de cualquier otro tipo de devolución de hardware, sólo se recibirán Productos en perfectas condiciones incluyendo empaques originales, licencias, manuales, drivers, cables, accesorios y sin personalizar; y en cuanto al Software, sólo se aceptarán devoluciones si la bolsa o envoltura no presenta señales de haber sido abierta, siempre y cuando este tipo de devolución este pre-establecido por el fabricante. No se aceptaran devoluciones de Productos a pedido, en liquidación, configurados, ensamblados o que expresamente se indique que no tienen opción a devolución.
8.6. Cargos por Devolución Física:
Días transcurridos fecha factura Cargo
Día 1 al 5 Sin cargo
Día 6 al 10 5% del valor del Producto.
Día 11 al 15 9% del valor del Producto.
Nota: Más allá de los 15 días no se aceptará ninguna devolución.
8.7. En ningún caso el REVENDEDOR podrá invocar una reclamación para justificar un retraso o suspensión del pago del precio de Productos.

9. GARANTÍA Y EXCLUSION DE RESPONSABILIDAD POR LUCRO CESANTE
9.1. EL REVENDEDOR declara conocer y aceptar que la garantía del Producto vendido se encuentra limitada únicamente a la garantía otorgada por el fabricante o representante del Producto en Argentina, ante quien deberán hacerse efectivas, siempre y cuando se encuentre vigente y de acuerdo a los T&Cs y políticas de INGRAM MICRO. Los términos y condiciones de dichas garantías se incluyen en los manuales o documentación adjunta a cada Producto o en las respectivas páginas web del fabricante o representante.
9.2. La garantía se aplica siempre y cuando el Producto sea utilizado bajo las condiciones normales de uso descritas en las instrucciones y manuales puestos a disposición del usuario. En ningún caso se garantiza que el Producto suministrado sea apto para responder a un uso o problema particular del usuario.
9.3. INGRAM MICRO no asume responsabilidad contractual ni extracontractual, ni está obligada a indemnizar a los usuarios que adquieran del REVENDEDOR los Productos en calidad de consumidores finales o a terceros, por las consecuencias del uso del Producto, ya sean daños directos o indirectos, accidentes sufridos por personas, incluyendo desmembramiento y/o muerte, daños a otros bienes distintos al Producto, pérdidas de beneficio o lucro cesante, daños que provienen o que provengan de deterioro o pérdida de datos grabados por el usuario, ni por perdidas económicas de ningún tipo.
9.4. INGRAM MICRO NO SERA REPONSABLE POR CONTRATOS O POR ACTOS DE LOS QUE RESULTE UNA RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL NI POR CUALQUIER DAÑO INDIRECTO, PERJUICIO, COSTOS, PERDIDAS O GASTOS, PREVISIBLES O NO (INCLUYENDO, PERO NO LIMITÁNDOSE A PERDIDAS DE GANANCIAS O USO DE DINERO, PERDIDA DE LA REPUTACION COMERCIAL, O DISMINUCION DE OTROS BIENES TANGIBLES O INTANGIBLES) QUE PUEDAN SURGIR DE O EN LA RELACION COMERCIAL CON EL REVENDEDOR. INGRAM MICRO NO ESTA OBLIGADO DE NINGUNA MANERA POR CUALQUIER LUCRO CESANTE O LOS DAÑOS DE CUALQUIER CLASE O NATURALEZA ALEGADOS PORE EL REVENDEDOR O TERCEROS QUE HAYAN RESULTADO DE CUALQUIER GARANTIA QUE NO HAYA SIDO OTROGADA POR INGRAM MICRO. INGRAM MICRO NO GARANTIZA LA EXACTITUD, APLICABILIDAD Y VERACIDAD DE LA INFORMACION CONTENIDA. TODA INFORMACION DE LOS PRODUCTOS SE SUMINISTRA CONJUNTAMENTE CON ESTOS Y EL REVENDEDOR LA ACEPTA TAL Y COMO LA HA RECIBIDO. INGRAM NO DA NINGUNA GARANTIA, EXPRESA O IMPLICITA, CON EXCEPCION DE AQUELLAS ESPECIFICAMENTE ADJUNTAS. EL REVENDEDOR EXPRESAMENTE RENUNCIA A CUALQUIER RECLAMACION O ACCION, PRESENTE O FUTURA, POR LOS REFERIDOS DAÑOS O CIRCUNSTANCIAS
.9.5. INGRAM MICRO se ciñe a la política de garantía del fabricante en los casos en que el Producto deba ser llevado por el REVENDEDOR a las instalaciones del fabricante para su reparación o revisión. Ni INGRAM MICRO ni el fabricante incluyen dentro de la garantía el costo de flete de envío del Producto al lugar de su reparación y destino final.
9.6. La devolución de Productos defectuosos se rige por el numeral 8.2.
9.7. Discos duros, simms, dimms, sipps, procesadores, coprocesadores, tarjetas de red, y componentes y accesorios similares, deberán presentarse en la bolsa antiestática original del fabricante, de lo contrario se invalida la garantía.
9.8. Todo Producto quemado, roto, golpeado, intervenido y que no se encuentre contemplado dentro de las causales del numeral 8.4., perderá la garantía otorgada por el fabricante. Todo Producto que presente etiquetas de garantías distintas a la del fabricante, pegadas en cualquier parte del Producto, perderá la garantía. Asimismo, todo Producto con etiquetas metálicas adheribles o perforadas que no pertenezcan al Producto o Producto pirograbado, perderá la garantía.
9.9. Todo Producto revisado o cambiado que no sea retirado de INGRAM MICRO dentro de los siete (07) días naturales siguientes a su reparación, revisión o cambio generará un cargo por almacenaje. INGRAM MICRO no se hace responsable por daños, deterioro o pérdida que sufra el Producto si no es recogido dentro de dicho plazo.
9.10. El REVENDEDOR deberá pagar un cargo de revisión y diagnóstico a INGRAM MICRO si el Producto al ingresar a INGRAM MICRO (i) no viene acompañado de los documentos que lo identifican (facturas y anexo de series), o (ii) cuando no presente falla alguna. En este último caso, se harán los cargos de reenvío y costos por comprobación.
9.11. Los reembolsos por garantía se tomarán al precio vigente del Producto el reembolso será a través de una nota de crédito en moneda nacional aplicable en cinco (05) días hábiles a cualquier compra de Productos en INGRAM MICRO.

10. LIMITACION DE RESPONSABILIDAD
10.1. La responsabilidad de INGRAM MICRO por cualquier incumplimiento de sus obligaciones estará limitado al monto efectivamente pagado o por pagarse por el REVENDEDOR por la transacción que origine la responsabilidad.
10.2. En caso de incumplimiento del REVENDEDOR del contrato o de los T&Cs, este estará obligado a indemnizar a INGRAM MICRO por los daños y perjuicios ocasionados, además de las sanciones e indemnizaciones que el REVENDEDOR deba pagar a INGRAM MICRO de conformidad con la ley.

11. PROPIEDAD INTELECTUAL
11.1. Los derechos de propiedad intelectual de las marcas y los programas que ofrece INGRAM MICRO al REVENDEDOR son de propiedad del fabricante o de INGRAM MICRO ARGENTINA o de INGRAM MICRO Inc. El REVENDEDOR no cuenta con una licencia de uso de los programas y marcas; esta licencia pasara directamente al usuario final quien sí contará con una licencia no exclusiva e intransferible de los programas y marcas así como de la información que sobre los mismos reciba.
11.2. El REVENDEDOR está obligado a: (i) Velar por la confidencialidad de los programas.; (ii) Abstenerse de modificar el Producto, diseñar, desarrollar o fabricar imitaciones del Producto, permitir imitaciones del mismo o consentir tal acción sea cual fuere la forma; y (iii) Cooperar con INGRAM para hacer prevalecer los derechos de propiedad intelectual a que se refiere esta Sección 11.
11.3. El Revendedor se obliga a usar todos los recursos necesarios para asegurarse de que el usuario final no ceda, conceda en uso, pignore, preste o ceda el uso de estos programas o dé información sobre los mismos.
11.4. INGRAM MICRO no es responsable de la violación de derechos de autor y de propiedad intelectual de terceros, y de las consecuencias correspondientes que pudiera incurrir el REVENDEDOR en el uso o comercialización de los Productos. INGRAM MICRO NO ES RESPONSABLE NI TENDRA CARGA LEGAL NI OBLIGACION PARA DEFENDER, INDEMNIZAR O RESPONDER EN FAVOR DEL REVENDEDOR CUALQUIER RECLAMACION, DAÑOS Y PERJUICIOS, COSTOS INCURRIDOS POR EL REVENDEDOR Y DERIVADOS, DIRECTA O INDIRECTAMENTE, DE LA VIOLACION, MAL USO, DESUSO, INFRACCION DE PATENTES, DENOMINACIONES, MARCAS COMERCIALES REGISTRADAS O EN PROCESO DE REGISTRO EN RELACION CON EL PRODUCTO. El REVENDEDOR deberá informar inmediatamente a INGRAM MICRO de cualquier reclamación por tal motivo, pero cualquier reclamación deberá tramitarla directamente con el fabricante.

12. CREDITO Y CONDICIONES DE PAGO
12.1. El REVENDEDOR proveerá a INGRAM MICRO toda la información financiera razonable solicitada con el propósito de mantener o abrir una línea de crédito. El REVENDEDOR acepta que INGRAM MICRO tendrá el derecho privativo de rechazar o ampliar el crédito otorgado al REVENDEDOR y de requerir que el precio de compra aplicable sea pagado antes del envío. El REVENDEDOR notificará oportunamente a INGRAM MICRO de todos los cambios al nombre del REVENDEDOR, dirección, o de la venta de sustancialmente todos sus activos. INGRAM MICRO tendrá el derecho privativo y excluyente de cambiar o de revocar el límite de crédito del REVENDEDOR en base a cambios en el expediente financiero del REVENDEDOR o de las políticas de crédito de INGRAM MICRO o de la condición y/o antecedentes de pago. El REVENDEDOR no deducirá ninguna cantidad que deba de ninguna factura de INGRAM MICRO sin la aprobación escrita expresa de INGRAM MICRO, cuya aprobación dependerá que el REVENDEDOR proporcione toda la documentación como evidencia para confrontar tal deducción según los requisitos de INGRAM MICRO.
12.2. Las facturas deberán ser pagadas al contado y contra la entrega del Producto. INGRAM MICRO a su sola y entera discreción otorgará crédito según el resultado del análisis del crédito del REVENDEDOR. En el caso de factura a crédito, copia de la misma se entregará con la firma de recibido del REVENDEDOR. Aquellas facturas que no sean pagadas a su vencimiento, generarán un interés moratorio que se calculará a partir del día siguiente de su vencimiento y hasta su pago efectivo, aplicable a todo el periodo en que dure el incumplimiento. El interés moratorio será el máximo interés permitido por la ley argentina publicada en el Diario Oficial la Nación vigente. Adicionalmente se cobrará un recargo adicional de diez dólares americanos ($10) por gastos administrativos, el cual será cobrado como cargo en todos los balances atrasados cuya fecha de pago haya vencido.
12.3. INGRAM MICRO se reserva el derecho de aceptar el pago mediante tarjetas de crédito (Master Card, VISA y American Express).
12.4. Si el REVENDEDOR no efectuara el pago al vencimiento de la factura respectiva, INGRAM MICRO tendrá el derecho además de cualesquiera de los derechos establecidos por ley, a revocar inmediatamente el crédito ampliado, y retrasar o cancelar entregas futuras y/o reducir o cancelar descuentos otorgados al REVENDEDOR. El REVENDEDOR pagará todos los costos por cobranza incluyendo los honorarios razonables del abogado.
12.5. El REVENDEDOR no podrá hacer ninguna deducción a las facturas, salvo que cuente con las notas de crédito emitidas por INGRAM MICRO y que hagan referencia a las facturas que se están pagando o hayan sido pagadas con anterioridad. INGRAM MICRO no aceptará la aplicación de notas de crédito específicas a descuentos de facturas que aun no hayan sido pagadas o sobre las que no haya aceptación expresa de INGRAM MICRO. Las notas de crédito tienen una vigencia de noventa (90) días naturales.
12.6. En caso de devolución de cheque por falta de fondos, el REVENDEDOR pagará a INGRAM MICRO un recargo de treinta (30) pesos argentinos más el IVA. EL segundo cheque devuelto por causas imputables al librador tendrá como cargo administrativo el pago del cinco por ciento (5%) del cheque más IVA. En caso de ser devuelto un tercer cheque además del cargo administrativo anterior, le serán suspendidos en forma permanente todos los beneficios de que gozan y solo se podrá vender de contado, una vez que el REVENDEDOR haya depositado en nuestra cuenta bancaria el monto del articulo que desee comprar. Si se trata de una cuenta de una línea de crédito mayor a cincuenta mil (50,000) dólares americanos recibirá el siguiente beneficio: Después de tres (3) cheques devueltos se le enviara una carta al Director General de la cuenta en un termino no mayor a setenta y dos (72) horas a fin de ponerlo al corriente sobre esta reincidencia, si después de esta notificación el REVENDEDOR reincide, se cancelara automáticamente su línea de crédito y para recuperarla deberá esperar seis (6) meses, haciendo compras de contado y sujeto a revisión de línea de crédito a discreción de INGRAM MICRO. En caso de acudir a la vía judicial para el cobro, el REVENDEDOR cubrirá a INGRAM MICRO todos los gastos de cobranza y honorarios de abogados.
12.7. Toda suma que el REVENDEDOR entregue por adelantado a INGRAM MICRO, se considerará como entregada a cuenta del pedido o en pago abonable a las deudas vencidas que el REVENDEDOR mantenga con INGRAM MICRO; salvo que el REVENDEDOR tenga una cuenta pendiente con INGRAM MICRO, en cuyo caso INGRAM MICRO tendrá el derecho de compensar ambas cuentas.
12.8. INGRAM MICRO podrá autorizar condiciones de crédito al REVENDEDOR, cuya aprobación de créditos y cobranza se regirá conforme a los procedimientos internos de INGRAM MICRO y en concordancia con el numeral 12.2 de este documento. Cada uno sujeto a distintos procedimientos de análisis y aprobación de INGRAM MICRO. Para el establecimiento y mantenimiento de líneas de crédito, el REVENDEDOR deberá proporcionar a INGRAM MICRO toda la información que le sea requerida y en los plazos que INGRAM MICRO establezca. INGRAM MICRO se reserva el derecho de rechazar o continuar la línea de crédito y requerir el pago al contado previo al envío de los Productos.
12.9. Las líneas de crédito serán revocadas sin previo aviso en los siguientes casos: (i) cuando exista un periodo mayor a seis (06) meses de inactividad, el sistema bloqueará automáticamente la cuenta del REVENDEDOR. Para realizar la reactivación se facturará un cargo de $50 pesos argentinos y el REVENDEDOR deberá presentar toda la documentación que le sea requerida, y se sujetará nuevamente al proceso de evaluación; (ii) si el REVENDEDOR ha registrado en más de tres cheques devueltos por la falta de fondos; (iii) en caso que el REVENDEDOR no actualizará información financiera; (iv) en caso que existan referencias comerciales que hagan aconsejable rechazar o revocar el crédito al REVENDEDOR; (v) si se interpusieren demandas legales (mercantiles, laborables, judiciales, etc.) en contra del REVENDEDOR que hagan presumir el mal estado de sus negocios; (vi) en caso de insolvencia si la cuenta por cobrar presenta saldos vencidos de más de sesenta (60) días naturales; (vii) si no paga intereses vencidos o, (viii) por negativa de pago, siempre y cuando haya sido notificado con oportunidad de la política de intereses moratorios.
12.10. Toda información financiera entregada a INGRAM MICRO por el REVENDEDOR será tratada por INGRAM MICRO en forma confidencial, no pudiendo hacerla publica sin la expresa autorización del REVENDEDOR.
12.11. Los precios o cargos facturados en Dólares de los Estados Unidos de América (USD) serán pagados por el Cliente en su equivalente en moneda nacional Argentina conforme al tipo de cambio del USD publicado el día del pago, por el Banco Central de Argentina o el organismo que lo suceda o reemplace en su función. INGRAM MICRO se reserva el derecho de emitir una nota de crédito o de debito, según corresponda, por cualquier diferencia que pudiere haberse producido entre la fecha de emisión del título valor y la fecha de pago de la factura respectiva que tenga su origen en variaciones de tipo de cambio. Dicha nota de debito será expedida por IM Argentina si el balance alcanzara un mínimo de PA$ 10.00 en el transcurso del mismo mes calendario. Respecto de las notas de crédito, además de las condiciones ya definidas, será requisito para su emisión que la factura que da origen a la diferencia de cambio respectiva, hubiere sido pagada dentro del plazo de vencimiento de la misma, en caso contrario, INGRAM MICRO Argentina no emitirá ninguna nota de crédito.

13. EXPORTACIÓN DE PRODUCTOS
13.1. EL REVENDEDOR deberá cumplir con todas las leyes y regulaciones de cumplimiento de exportación aplicables, especificas del país, ya sean estatales y/o federales; y de EE.UU. donde sean aplicables; e indemnizará INGRAM MICRO en caso de cualquier violación.
13.2. El REVENDEDOR no exportará, re-exportará o distribuirá los Productos en violación a la legislación o regulaciones vigentes de la Republica Federal Argentina y regulaciones de control de exportación vigentes de los Estados Unidos de América. El REVENDEDOR no exportará ni re-exportará, directa o indirectamente ningún Producto a países o gobiernos, ni a personas naturales o jurídicas, sobre los cuales pesen sanciones comerciales o embargos o con quienes se haya prohibido ejercer comercio por parte de Argentina y los Estados Unidos de América.
13.3. Como asistencia al REVENDEDOR, a continuación se pone a su disposición un resúmen de información sobre importantes reglamentaciones de cumplimiento de normas de comercio que se relacionan principalmente con el Departamento de Comercio de EE.UU.- Dirección de Industria y Seguridad (BIS). El REVENDEDOR deberá consultar con la agencia local apropiada de cumplimiento de las normas de comercio, para asegurarse qué reglamentaciones comprende el país específico:
Clasificación del Producto
El nivel de control que se aplica a una transacción, se determina por la clasificación del Producto designada por el gobierno en combinación con el país de destino. En base a la clasificación del Producto, ciertos Productos de tecnología, computación y telecomunicaciones podrán requerir la aprobación formal de una licencia de exportación, según se define en el alcance de las reglamentaciones aplicables. Estos Productos incluyen sin limitación: Productos de computación que contengan altos niveles de funcionalidad de encriptamiento, ciertos Productos de infraestructura de redes que se usan en altos volúmenes de telecomunicaciones y administración de la información, o Productos que se exportan a usuarios finales de gobiernos extranjeros. Será responsabilidad del REVENDEDOR informarse y conocer la clasificación del Producto para determinar si existen restricciones a la exportación o reexportación del mismo.
Control de Cumplimiento de la Base de Clientes – Sepa quién es su Cliente
Los Productos que se compren a INGRAM MICRO Argentina no deben venderse a personas, entidades o empresas que aparezcan en alguna de las listas de rechazo publicadas por las autoridades que rigen la transacción, inclusive el gobierno local. Es ilegal que una compañía o sus subsidiarias extranjeras realicen negocios de exportaciones con una compañía o individuo, cuyo nombre haya sido publicado en la Tabla de Pedidos a ser Rechazados, Lista de Entidades a ser Rechazadas, Lista de Nacionales Especialmente Designados o Lista de Entes Prohibidos del Gobierno de EE.UU.
Control del País de Destino
Sin una licencia que lo ampare el REVENDEDOR no podrá exportar o reexportar Productos de INGRAM MICRO Chile a destinos sujetos a embargo y países que apoyan actividades terroristas tales como Cuba, Irán, Irak, Corea del Norte, Libia, Sudán y Siria. Para mayor información, comuníquese con la Embajada o el Consulado de EE.UU.
No Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (WMD)
El control de no proliferación se basa en reglamentaciones detalladas que abarcan el uso final de Productos y actividades del usuario final. El control de no proliferación se dictó para garantizar que las transacciones de reventa no se vean involucradas en los usos finales prohibidos de armas nucleares, misiles, químicos o biológicas y/o usuarios finales sin la debida licencia emitida por el Gobierno de EE.UU. o gobierno local. Usted no podrá, sin licencia, a sabiendas, revender o poner cualquier artículo a disposición de usuarios finales involucrados en actividades de proliferación de armas de destrucción masiva. Dichas transacciones sin licencia son ilegales.
Guía de Control de Alto Riesgo de Desviación
Una firma no podrá exportar, re-exportar o transferir cualquier artículo si la misma tiene conocimiento que el cliente re-exportará o transferirá ese artículo sin la debida licencia. Es ilegal que aun teniendo conocimiento, una empresa ponga a disposición de personas o compañías fantasma que planean desviar productos a destinos, usuarios finales o usos finales no autorizados, incluyendo la proliferación de armas nucleares, misiles, químicas y biológicas.
Lista de Países del Grupo D del Gobierno de EE.UU.
La Lista de Países del Grupo D identifica a aquellos países donde los EE.UU. tiene un interés de seguridad nacional o de evitar la proliferación de las actividades, que incluyen entre otras, proliferación nuclear, desarrollo de tecnología de misiles y desarrollo de armas biológicas y químicas. Basándose en éste interés, el Gobierno de EE.UU. restringe las exportaciones o re-exportaciones que harían un aporte material a cualquiera de estas actividades en los Países del Grupo D. Dependiendo del Número de Clasificación de Control de Exportación asignado al producto, ciertos productos de tecnología, computación y telecomunicaciones pueden requerir una aprobación formal de una licencia de exportación de la Dirección de Industria y Seguridad. La Lista de Países del Grupo D está disponible en el Suplemento No. 1, Parte 740 de las Reglamentaciones de Administración de Exportación. Para mayor información, comuníquese con la Embajada o el Consulado de EE.UU. más cercano.

14. PRÁCTICAS ANTICORRUPCION
14.1. El REVENDEDOR y sus propietarios, socios, accionistas, funcionarios, directores o empleados o cualquier representante de cualquiera de ellos, no pagan y no pagarán, ofrecerán o prometerán pagar o autorizarán el pago ya sea directa o indirectamente de ninguna cantidad de dinero o ninguna cosa de valor de cualquier naturaleza a ningún funcionario de gobierno o empleado o a ningún partido político o candidato a un puesto oficial con el propósito de influir en ningún acto o decisión de dicho funcionario o del gobierno para obtener o retener ningún negocio o para dirigir ningún negocio a ninguna persona ni a INGRAM MICRO. El REVENDEDOR indemnizará y mantendrá en paz y a salvo a INGRAM MICRO contra cualquier y toda reclamación de cualquier naturaleza que surja o se relacione con una violación a las disposiciones del párrafo anterior. En el caso de que INGRAM MICRO tenga cualquier duda o preocupación con relación a la pertinencia o legalidad de cualquier operación realizada por el REVENDEDOR o que se proponga que el REVENDEDOR realice de conformidad con los presentes T&Cs, o si INGRAM MICRO tiene cualquier duda con respecto a la veracidad o exactitud de cualquiera de las manifestaciones y garantías hechas por el REVENDEDOR conforme al presente, INGRAM MICRO tendrá el derecho de dar por terminado el contrato sin ninguna responsabilidad u obligación adicional de cualquier naturaleza ante el REVENDEDOR.

15. RELACION ENTRE LAS PARTES
15.1. La relación del REVENDEDOR con INGRAM MICRO será de contratista independiente. El REVENDEDOR no tendrá, y no representará que tiene, ninguna poder, derecho o autoridad de comprometer a INGRAM MICRO, o de asumir o de creando ninguna obligación o responsabilidad, expresa, implícita o de apariencia, a nombre de INGRAM MICRO o en el nombre de INGRAM MICRO, a menos que según así se le adjunto expresamente a este documento. Nada de lo indicado en estos T&Cs podrá interpretarse como que el REVENDEDOR e INGRAM MICRO se constituyen como socios o como crear la relación de patrón/empleado, concesionario/concesionista, o principal/agente entre las partes. El REVENDEDOR no dará ninguna garantía o representación, ya sea escrito u oral, que comprometa a INGRAM MICRO, sin autorización de esta.

16. EFECTO VINCULANTE /DELEGACION
16.1. Estos T&Cs y sus posteriores modificaciones regirán la relación entre las partes aquí establecidas. Ninguno de las dos partes podrá asignar sus derechos y/u obligaciones bajo estos T&Cs sin el consentimiento previo por escrito de la otra parte, salvo el derecho de INGRAM MICRO de ceder sus cuentas por cobrar a una institución financiera o de factoring.

17. ARCHIVOS
17.1. El REVENDEDOR se compromete a guardar, durante 10 años la lista de sus propios clientes (con nombre y dirección), especificando las fechas en las que se han producido las ventas de los Productos a terceros.

18. DERECHO APLICABLE Y JURISDICCIÓN
18.1. Los T&CS (y cualquier acuerdo o contrato donde esté incorporada) se interpretarán y exigirán conforme a las leyes de la republica Federal Argentina. El REVENDEDOR acuerda ejercer cualquier derecho o recurso exclusivamente ante la jurisdicción de los Tribunales de la Ciudad de Buenos Aires, Argentina, y se somete expresamente a esa jurisdicción renunciando expresamente a cualquier otra que pudiere corresponderle por cualquier causa.

19. NOTIFICACIONES
19.1. Todos los avisos, peticiones, demandas, y demás comunicaciones que las partes puede enviar a la otra parte deben ser hechas por escrito y se pueden dar por (i) entrega personal a la otra parte, (ii) enviándola por correo registrado o certificado, con recibo de vuelta solicitado, o vía servicios de mensajero nacionalmente reconocidos por las partes en la dirección de la parte tal como se dispone en este documento, en la dirección registrada de las partes, u otra dirección que las partes hayan designado en este documento, o (iii) el facsímile que posteriormente se confirmará por escrito según lo dispuesto en el numeral (ii) de este párrafo. Cualquier notificación a INGRAM MICRO deberá hacerse a:
INGRAM MICRO ARGENTINA S.A.
Departamento de Servicio al Cliente
Uspallata 3878
Cod. Postal C1437JCZ
Ciudad de Buenos Aires, Argentina.

20. INVALIDEZ PARCIAL
20.1. Si alguna disposición de estos T&Cs resulta ser inválida, ilegal o inaplicable, tal disposición se hará cumplir al grado más completo permitido por ley aplicable y la validez, la legalidad y la aplicabilidad de las provisiones restantes de ninguna manera serán afectadas ni serán deterioradas de tal modo.

21. IRRENUNCIABILIDAD
21.1. La falta o retraso de INGRAM MICRO en el ejercicio de un derecho o facultad bajo estos T&Cs no implicará de modo alguno la renuncia de los mismos, ni tampoco cualquier ejercicio parcial de un derecho o de un poder imposibilitará cualquier otro ejercicio futuro de los mismos.

22. SUBTITULOS
22.1. Los subtítulos usados en este documento están puestos con el propósito de referencia solamente y no tendrán ningún efecto sobre la construcción o la interpretación de ninguna provisión adjunta.

23. GENERAL
23.1. Estos T&Cs, según lo publicado en la página web de INGRAM MICRO localizado en www.ingrammicro.com.ar a la hora de venta, son los T&CS oficiales entre INGRAM MICRO y el REVENDEDOR y podrán ser modificados sin aviso previo a discreción única de INGRAM MICRO.

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